Marco Normativo
Asegurar razonablemente la efectividad del proceso de control interno institucional en procura del logro de una gestión de la Hacienda Pública eficaz, eficiente, responsable, transparente y proba, en el marco de la Constitución y Leyes de la República e instrumentos que la desarrollan.
Está integrado por la Administración Pública Centralizada, Instituciones Desconcentradas e Instituciones Autónomas Descentralizadas; así mismo podrá interrelacionarse con el control interno de la administración municipal y con el control interno de los Poderes Legislativo y Judicial.
Para el logro de su objetivo la ONADICI tendrá atribuciones de desarrollo, coordinación, promoción, capacitación, evaluación, información, asesoría y seguimiento del proceso de control interno que, en el marco de las normas generales o rectoras de control interno del Tribunal Superior de Cuentas, debe establecer cada institución u organismo bajo el ámbito de su competencia, para lograr los objetivos previstos en su plan operativo anual y en el respectivo presupuesto.
Para el desempeño de sus atribuciones. La ONADICI ejecutará en función del logro de los objetivos de los entes públicos, las siguientes funciones:
- Desarrollar normativa técnica específica de control interno en el Marco de las Normas Generales o rectoras emitidas o que emita el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) y coordinar su efectiva aplicación por los Entes Públicos, teniendo en cuenta las normas técnicas del Sistema de Administración Financiera Integrada del Sector Público y de los demás sistemas administrativos, que emitan los respectivos Órganos Rectores.
- Promover la transparencia, probidad y ética pública de la gestión de los servidores públicos, como elementos esenciales de un adecuado ambiente de control interno institucional, en el Marco de las Normas Rectoras que emita el TSC.
- Participar en el enlace de los elementos (Control Interno-Control Externo) del Sistema Nacional de los Recursos Públicos (SINACORP) con el TSC.
- Proporcionar permanentemente la utilidad e importancia del control interno y el respeto a la independencia de la función de auditoría interna y de los auditores internos.
- Sensibilizar a las autoridades de los Entes Públicos, así como capacitar y entrenar a los servidores públicos de las áreas administrativas principalmente relacionadas con el proceso de control interno institucional, incluyendo los auditores internos para lograr y mantener un nivel adecuado de calidad de dicho proceso.
- Evaluar global o selectivamente la efectividad de los controles internos inmersos o aplicados en los procesos administrativos o productivos de los Entes Públicos, así como la evaluación de desempeño de las Unidades de Auditoría Interna, sin perjuicio de las atribuciones constitucionales y legales del TSC.
- Asesorar al Presidente de la República en la toma de decisiones para el fortalecimiento del control interno y; mediante la formulación de recomendaciones basadas en los resultados de las actividades de evaluación y seguimiento que realice a los titulares de los Entes Públicos para mejorar y agregar valor al proceso de control interno institucional.
- Informar al Presidente de la República, así como a los respectivos titulares de los entes públicos y órganos rectores correspondientes, de los resultados de las evaluaciones y seguimiento de la efectividad del proceso de control interno institucional y remitir copia al TSC y demás organismos que corresponda.
- Dar seguimiento al cumplimiento e implementación de las recomendaciones formuladas por la misma Oficina, así como a las formuladas por el TSC, las unidades de auditoría interna, otros órganos de control o vigilancia de la Administración y, por auditores externos privados, si los hubiere e informar al Presidente de la República el grado de incumplimiento e implementación.
- Mantener un sistema de registro automatizado e información de los resultados presentados en sus informes, que pueda ser utilizado para retroalimentar a otros organismos relacionados tales como el Congreso Nacional y Secretarías de Estado.
- Dictar su reglamento interno y marco de funcionamiento, desarrollar su estructura organizacional básica, planta de personal y estructura salarial en el marco de las disposiciones legales que regulen estas materias.
- Las demás que le sean asignadas por el Presidente de la República para el cabal ejercicio de sus funciones.
Las instituciones o entes bajo el ámbito de la ONADICI y los servidores públicos en los niveles jerárquicos que corresponda, so pena de incurrir en falta grave disciplinaria y responsabilidad administrativa deberá:
1- Establecer, promover, aplicar y mantener al interior del respectivo ente, un proceso de control interno basado en la transparencia, probidad y ética pública.
2- Rendir o dar cuenta y responder, de conformidad con las disposiciones legales pertinentes, administrativa, civil o penalmente, por acción u omisión en el ejercicio de sus funciones, deberes y atribuciones asignadas a su cargo y por los resultados u objetivos logrados por su gestión.
3- Permitir a los funcionarios de la ONADICI, así como a los auditores internos o externos gubernamentales y, si fuera el caso a los auditores externos de firmas privadas, el acceso irrestricto a las instalaciones y dependencias: proporcionarles la información que requieran y, de ser necesario, facilitarles la ubicación física temporal para el desempeño de sus funciones y seguimiento.
4- Proponer y convenir con el respectivo órgano que formuló las recomendaciones de control interno, los cronogramas para su implementación.
5- Acatar las normas generales y específicas de control interno como las recomendaciones formuladas por la ONADICI, la auditoría interna y externa gubernamental y las auditorias privadas externas si las hubiera; y en caso de que un ente no acepte una o varias recomendaciones de control interno, el titular deberá manifestarlo por escrito al órgano que formuló la recomendación, justificando su criterio o presentando soluciones alternas asumiendo responsabilidad por los efectos que se deriven de su decisión.
6- Atender con oportunidad las convocatorias de la ONADICI a los eventos de sensibilización, capacitación y entrenamiento y, promover al interior del ente, actividades de auto evaluación.
7- Dar su apoyo para el logro del objetivo de la ONADICI en particular, y del Sistema Nacional de Control de los Recursos Públicos, SINACORP.